viernes, 16 de octubre de 2020

Mejoras a los expedientes técnicos de inversiones públicas

 



Conversamos con Eric Franco, abogado y docente especializado en Derecho de la Construcción, sobre posibles mejoras a los expedientes técnicos de inversiones públicas, quien en base a su experiencia aporta con ideas posibles de implementar en el corto plazo y que pueden solucionar aspectos de fondo en la ejecución de la inversión pública.

Publicado en Propuesta País el 16.10.2020, disponible en el link: 

https://propuestapais.pe/entrevista/eric-franco-los-expedientes-tecnicos-son-un-tema-de-fondo-pueden-tener-un-gran-impacto-en-la-capacidad-y-calidad-del-gasto-publico/

jueves, 15 de octubre de 2020

Contratos colaborativos en la industria de la construcción y la inversión pública


Los Contratos colaborativos o procesos colaborativos, son oportunidades para mejorar la gestión de las obras públicas y de la construcción en general, pueden ahorrar tiempos y reducir costos de transacción, entre otros. Mecanismos modernos de gestión de inversiones (como el BIM), requieren que el Perú desarrolle y difunda más su aplicación.

Al respecto, conversamos con Eric Franco, docente especialista en Derecho de la Construcción, sobre los contratos colaborativos en la industria de la construcción y en la inversión pública, quien brinda importantes aportes gracias a su experiencia en la materia. Compartimos la entrevista, publicada en Propuesta País el 15.10.2020 

miércoles, 14 de octubre de 2020

El BIM en la gestión de la inversión pública


 Autora: Karla Gaviño Masías

Consultora especializada en Gestión Pública e Inversiones. 

Docente de la Escuela de Gestión Pública de la Universidad del Pacífico.

En materia de inversión pública, las prácticas modernas comparadas en la región Latinoamericana y en el resto del mundo colocan cada vez mayor énfasis en las opciones colaborativas de gestión, principalmente por sus diversos beneficios en cuanto a reducción de costos y tiempos, así como en el incremento de la productividad.

Entre estas prácticas, el Building Information Modelling (BIM), es entendido como el conjunto de procesos, tecnologías y estándares que permiten a múltiples actores colaborar en el diseño, construcción, operación y mantenimiento de inversiones públicas en espacios virtuales, mejorando la gestión de las inversiones públicas a lo largo del ciclo de vida, lo cual permite también la generación de información transparente y de calidad para una adecuada, oportuna y eficiente toma de decisiones.  

Si bien implica un espacio de modelación gráfica en 3D, no debe confundirse con un software de modelamiento al cual se le ha sumado un poco de discurso. El BIM requiere un cambio de cultura en la inversión pública, que nos permita ver más allá de la actuación concreta de cada unidad operativa, área u oficina, en cada etapa determinada del Ciclo de Inversión, para mantener la mirada en la inversión pública en su totalidad, en sus objetivos, en los tiempos de concreción adecuados para la producción de los servicios esperados de manera oportuna. Este aspecto es de suma importancia pues tan relevante como saber para qué se necesita la obra, es saber para cuándo se necesita el servicio y con qué características.

A nivel nacional, el BIM es conocido en el mundo de la construcción peruana, principalmente en el Sector Privado y ha tenido también una aplicación a nivel de en la obra pública. Esto último se ha realizado de manera aislada, mas no como parte de una estrategia nacional para modernizar la gestión de la inversión pública. Es justamente esta estrategia nacional la clave para empezar, y por ello resaltamos la importancia de que podamos contar como país con un PlanBIM Perú, acompañado de estándares compatibilizados entre el Sector Público (que va a solicitar el uso del BIM), Sector Privado (que lo va a proveer) y la Academia (que debe ser un aliado estratégico a nivel de capacitación, inclusive desde el pregrado).

Lo expuesto, supone un claro liderazgo público, así como el constante acompañamiento para, entre otros: i) determinar en qué inversiones emplear el BIM, pues la focalización de la metodología constituye un tema clave; ii) cuál o cuáles de sus 25 usos requerir en cada caso; iii) cómo implementarlo; y, iv) cómo analizar sus resultados (proyectos piloto).

Importante será también, la elaboración de las cláusulas contractuales que permitan la implementación del BIM, por ejemplo, contar con la participación de los contratistas que elaboren el expediente técnico, así como de aquellos que a futuro se encargarán de la ejecución de la obra y sus subcontratistas, a fin de realizar el diseño y ejecución de la inversión de manera colaborativa y articulada. Asimismo, reviste de importancia la difusión de las específicas de gasto que se pueden afectar para su financiamiento.

 

Lima, 12 de octubre de 2020

Publicado en el portal electrónico "La Ley" de la Gestión Pública & Control - Gaceta Jurídica el 14.10.2020

https://laley.pe/art/10183/el-bim-en-la-gestion-de-la-inversion-publica


miércoles, 7 de octubre de 2020

Aportes para implementar el BIM en la inversión pública


 Autora: Karla Gaviño Masías

Docente de la Escuela de Gestión Pública de la Universidad del Pacífico.

Al igual que en muchos países de la región Latinoamericana y del Caribe, en el Perú año tras año se presentan dificultades en materia de inversión pública, principalmente en su ejecución. Al mes de setiembre de 2020, la ejecución total de los recursos anuales previstos para proyectos es de 26%. Si bien podríamos argumentar sobre el impacto de la COVID-19, lo cierto es que la ejecución es una debilidad constante en la inversión pública, y tiene un elemento clave que puede afectarla negativamente, mantenerla en el mismo estado o por el contrario, ayudarla a despegar: la gestión.

La aplicación desarticulada de los procesos de la obra pública y la ausencia de incentivos para coordinar entre los actores, se encuentran entre los principales aspectos que dificultan un adecuado manejo de las inversiones (sin perjuicio de honrosas excepciones). En este escenario, las formas colaborativas de gestionar la inversión pública, se colocan bajo el reflector como opciones novedosas para articular actores y procesos, buscando superar problemas casi eternizados durante el Ciclo de Inversión.

La falta de articulación durante las distintas Fases o etapas entre los participantes del Sector Público (que pueden ser distintas oficinas de la misma Entidad o distintas Entidades), como entre éste y las empresas contratistas, así como entre las propias contratistas (entre la empresa que elabora el Expediente Técnico y la que ejecuta la obra y/o las subcontratas), generan ausencias de información, duplicaciones e incompatibilidades de formatos, criterios, tecnologías, interferencias, entre otros, que necesitan ser armonizadas, atendiendo a los costos en tiempo y en dinero que suponen (y la afectación a la población, que no recibe los servicios oportunamente).

Entre estas opciones colaborativas, se encuentra el Building Information Modelling (por sus siglas, BIM), entendido como el conjunto de metodologías, tecnologías y estándares que permiten a múltiples actores colaborar en el diseño, construcción, operación y mantenimiento de inversiones públicas en espacios virtuales. Tiene por objetivo facilitar el diseño y la gestión aportando un modelo tridimensional inteligente, con información gráfica y no gráfica, en un entorno común y colaborativo, generando nueva información de calidad para una toma de decisiones transparente y eficiente. El BIM es una metodología de gestión basada en la colaboración, que no debe ser confundida con el manejo de un software de modelamiento de infraestructura, pues sin perjuicio de la importancia de estas herramientas, va más allá de ellas, e implica necesariamente un cambio cultural entre los actores de la inversión pública, sin lo cual el BIM nos quedará grande.

En la experiencia comparada, se utiliza en distintos países, resaltando en América del Sur la experiencia Chilena. En el Perú, no es extraño en las construcciones del sector privado, e inclusive se ha empleado en obras públicas realizadas de forma aislada, mas no como parte de una estrategia que involucre la modernización de la obra pública peruana. Conforme a las normas específicas en la materia con las que cuenta el Perú (el Decreto Supremo N° 289-2019-EF y la Resolución Directoral N° 003-2020-EF/63.01), el BIM puede ser empleado en las inversiones públicas de infraestructura o con componente de edificación, de las Entidades y Empresas públicas sujetas al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (Invierte.pe), durante cualquier Fase del Ciclo de Inversión.

Para la implementación del BIM, será importante contar con: i) el Plan BIM Perú que aporte una estrategia nacional integrada y articulada con el Sector Privado (principalmente con los contratistas) y la Academia (que deben ser aliados en la capacitación y difusión de la metodología); ii) estándares BIM, elaborados sobre la base de éstas interacciones, que clarifiquen la información a solicitar por las Entidades Públicas y sus características, y que por tanto, deberá proveer el Sector Privado; iii) el liderazgo del rector o de una Entidad específica para conducir la estrategia y su implementación, incluyendo su acompañamiento para la aplicación progresiva acompañada y focalizada del BIM (que tiene 25 usos, aplicar cada uno tiene un costo en dinero y tiempo, siendo importante identificar para qué se quiere el BIM en cada inversión); iv) proyectos pilotos con asistencia técnica que permitirán, a su vez, identificar los tipos de inversiones donde será recomendable iniciar su implementación, las mejoras para futuras inversiones y contar con insumo práctico para el desarrollo de guías metodológicas.

Finalmente, lo expuesto debe ir acompañado de la revisión de las normas que regulan las contrataciones públicas, así como de recomendaciones de cláusulas colaborativas en los contratos, y sobre todo, de una capacitación constante que acompañe el cambio de visión que el BIM implica.

 Artículo publicado en América Economía el 07.10.2020

https://www.americaeconomia.com/analisis-opinion/aportes-para-implementar-el-bim-en-la-inversion-publica


Los Contratos y la Cláusula Van Halen


 Autora: Karla Gaviño Masías

Van Halen es uno de los excepcionales grupos que marcó la historia de la música, y Eddie Van Halen, recientemente fallecido tras una larga lucha contra el cáncer (06.10.2020), fue y será siempre una leyenda del rock. El aporte del grupo, llegó incluso al Derecho y de eso trata este breve artículo.

En el mundo de la música son conocidas las historias de artistas que piden desde las cosas más exóticas, hasta las más simples en cada tour o concierto, y lo suelen estipular como parte de las condiciones contractuales (conocidas como “riders”). Una de estas condiciones, llevó a Van Halen a las aulas de Derecho y a cursos de negociación, conocida como la “Cláusula Van Halen”.

Utilizada en décadas pasadas como ejemplo de una condición excéntrica y antojadiza, que aparecía de pronto con el número “Cláusula 126” en el contrato, evidenciando un aparente capricho detallista del aclamado grupo, consistía en exigir que no se encuentre en el backstage ningún M&M´s de color marrón, su incumplimiento daba derecho a la banda a cancelar el concierto, pudiendo cobrar el total de sus honorarios más los costes de producción.

Adicionalmente, el contrato incluía otra mención a estos dulces en la lista de comidas del backstage: “M&M´s (WARNING: ABSOLUTELY NO BROWN ONES)”. Así, el grupo exigía en mayúsculas y subrayado un tazón con estos caramelos, precisando que ninguno debía ser de color marrón. Al venir todos los M&M´s de diferentes colores mezclados y en bolsas cerradas, esto suponía que alguien tenía que personalmente abrirlos, ponerlos en un tazón y retirar todos los de color marrón.

Cuenta la leyenda que en el año 1982, en un concierto en Colorado, David Lee Roth (el vocalista en aquel entonces y el más renombrado) se acercó a revisar el tazón de M&M´s en el backstage y para sorpresa y disgusto suyo, no habían retirado los marrones. El destrozo que causó su ira, habría generado daños por un valor cercano a US$ 12 000, entre la puerta y el vestuario que rompió, la comida que lanzó, y quizá otras cosas más que encontró a su paso. Pero este costo no fue el único en aquel concierto, pues por problemas de montaje el escenario donde actuó la banda se desmoronó, causando daños por cerca de US$ 80 000. Algunos medios, dicen que esto no ocurrió y es solo una leyenda, pero no discuten la existencia de la cláusula y su importancia para la banda[1].

Sea o no real la historia, para comprender esta cláusula, debemos remontarnos a finales de los 70’s y comienzos de la década de los 80’s, con Van Halen de gira por distintos países, que incluían un show tras otro, sin darle a la banda y a su equipo el tiempo suficiente para montar los escenarios y las escenografías de cada concierto, dejándole esta tarea a la empresa responsable del concierto.

El montaje de los grandes y épicos escenarios, y los requerimientos técnicos con gran cantidad de luces, equipos de sonidos, enchufes y demás, podían ser riesgosos para el grupo, los trabajadores y el público, si se instalaban sin las condiciones de seguridad que Van Halen estipulada, y también podían generar complicaciones técnicas durante el show, pero el tiempo entre un concierto y otro no alcanzaba para revisar al detalle si los organizadores habían cumplido con todos los requisitos. Este aspecto preocupaba a Van Halen, al punto de buscar mecanismos contractuales que obliguen a los contratistas a cumplir los requerimientos técnicos y de seguridad, procurando su comprobación rápidamente.

Es por ello que, los M&M’s eran la forma ingeniosa y rápida de verificar si se leyó adecuadamente el contrato, y si se tuvo cuidado en su aplicación. El desmoronamiento del escenario aquel día, habría comprobado que la técnica de los M&M´s funcionaba.

La explicación de la cláusula la dio el propio David Lee Roth en una entrevista en la última década, señalando que si las empresas fallaban en este aspecto, probablemente habrían fallado en algo más. Esta cláusula era para ellos un indicador de cumplimiento contractual. Ese era el nivel de preocupación y previsión de Van Halen en los preparativos para sus conciertos. Éste aporte trascendió de anécdota de astros del rock, a las aulas de Derecho y negociaciones contractuales.

La historia ha circulado nuevamente con distintos detalles y bemoles por las redes, con ocasión del fallecimiento del gran Eddie Van Halen, a quién desde aquí rendimos un simbólico homenaje con estas líneas.

Lima, 07.10.2020

Artículo publicado en Análisis Efectivo el 07.10.2020
https://www.efectividat.com/post/karla-gavi%C3%B1o---los-contratos-y-la-cl%C3%A1usula-van-halen

[1][1] López Palacios, Iñigo. El país: “Van Halen: ¿qué hay de cierto en la leyenda de los M&M’s marrones?”. Publicado el 07.10.2020 www.elpais.com

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