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martes, 28 de julio de 2020

Mujeres y niñas desaparecidas durante el 2020

 


Conversamos sobre la desaparición de mujeres y niñas durante la primera mitad del 2020, con Marcela Huaita, ex Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, quien brinda importantes luces para entender qué está ocurriendo y qué medidas se pueden tomar.

Compartimos la entrevista publicada en Propuesta País el 28.07.2020, disponible en el link:

 https://propuestapais.pe/entrevista/marcela-huaita-cuando-estamos-ante-la-desaparicion-de-una-nina-estamos-frente-a-una-situacion-de-violencia-de-genero/

jueves, 23 de julio de 2020

Desaparecidas


Autora: Karla Gaviño Masías

1,100 mujeres fueron reportadas como inubicables durante el aislamiento domiciliario obligatorio por COVID-19, (desde el 16 de marzo al 30 de Junio de 2020), según la Defensoría del Pueblo. La Entidad precisa, que 309 son mujeres adultas y 791 son niñas o adolescentes; es decir, la cifra de menores de edad desaparecidas duplica largamente la de mujeres adultas. Asimismo, afirma que al día se denunciaba por lo menos la ausencia de 14 niñas, adolescentes o mujeres; con lo cual, en promedio cada 2 horas desaparecía una mujer en el Perú[1].  ¿Pero cómo es esto posible, si estábamos en confinamiento?, efectivamente, no había transporte aéreo ni terrestre. No obstante, la Defensoría del Pueblo ha identificado escenarios de violencia familiar, feminicidios, secuestros y trata de personas, detrás de las cifras.

Busquemos una imagen general de lo que va del 2020, según las cifras de la Defensoría del Pueblo. Previo a la cuarentena general, en Enero desaparecieron 561 mujeres (158 mujeres y 403 niñas y adolescentes) y en Febrero 663 (168 mujeres y 495 niñas y adolescentes) [2]. Es decir, se tienen reportadas como desaparecidas desde Enero al 30 de Junio de 2020, aproximadamente 2457 mujeres (1720 menores de edad y 737 adultas)[3]. Las regiones con mayor cantidad de desaparecidas son Lima (408), Arequipa (55) y Callao (47).

¿Dónde están todas ellas? ¿Qué les ha pasado o les está pasando? La ausencia de mecanismos unificados de registro y seguimiento de los reportes, no permite saberlo. Miralis Morales Tovar[4], señala que desde hace 17 años existe la obligación legal de contar con un registro nacional de información de personas desaparecidas, con la promulgación de la Ley N° 28022 el 11.07.2003, a fin de centralizar los casos y facilitar información para la búsqueda, pero que no está actualmente implementado.  Surge inevitablemente la pregunta: ¿Por qué no está implementado?, no encontramos respuestas adecuadas para la gravedad del tema, pese a que la administración del registro recae en el Ministerio del Interior.

Lo que a su vez, lleva a preguntarse: ¿Qué se está haciendo?. ¿Quién lidera el tema? ¿El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) o el Ministerio del Interior (MININTER)? La ausencia de claridad, la falta de liderazgo, afecta profundamente y nos coloca como país cada vez más lejos de implementar medidas efectivas de acción. Las normas existen, pero no se aplican como consecuencia de ello. Miralis Morales[5], señala que el Decreto Legislativo 1428 y su Reglamento emitido en febrero de 2020, regulan la Alerta de Emergencia que puede emitir la Policía Nacional ante la desaparición de niños, niñas, adolescentes y mujeres víctimas de violencia, incluso, en el caso de mujeres se precisa que puede no haber un antecedente de denuncia por violencia. Sin embargo, nunca se ha activado una alerta de emergencia por la desaparición de una mujer. Esto nos lleva a preguntarnos, ¿por qué no se activa ninguna alerta de emergencia si todos los días se reportan niñas, adolescentes y mujeres desaparecidas?.  Otro vacío sin respuesta.

Desde este breve espacio, consideramos que la temática abarca tanto al MIMP, al MININTER, a la Policía Nacional y debe incluir la articulación con la Fiscalía de la Nación y el Poder Judicial. No puede ser enfocado primordialmente como una tarea de una División de la PNP. Las separaciones competenciales no deben llevarnos al vacío, a la inacción y al olvido de las niñas, adolescentes y mujeres desaparecidas; al contrario, se requiere una estrategia y un actuar articulados, y sobre todo, con determinación.

Este artículo nos deja muchas preguntas, a las cuáles, le sumamos otras de trasfondo que no pueden y no deben ser soslayadas: ¿Por qué las desapariciones, la trata de personas, la violación sexual de menores, la violencia contra la mujer, así como la situación de los adulto mayores en los asilos y tantas otras causas humanas, urgentes, sociales, legales, y que éticamente nos reclaman como individuos y como sociedad, -en el contexto de una pandemia que debería ayudarnos a encontrar nuestro lado más humano-, simplemente, pasan a un segundo o tercer plano (o incluso a ningún nivel de prioridad)?. ¿Por qué no exigimos que se les dé prioridad? ¿Dónde estamos los peruanos como sociedad y qué tipo de sociedad estamos construyendo para la “nueva normalidad”?, ¿En qué valores nos estamos cimentando?, ¿Qué tan profunda es nuestra crisis de valores?.

Lima, 22 de Julio de 2020

Publicado en Propuesta País el 23.07.2020
https://propuestapais.pe/noticia/desaparecidas/

[1] Nota de Redacción Diario La República, publicada el 09.07.2020 www.larepublica.pe

[2] Idem

[3] Nota de Redacción Diario Correo, publicada el 09.07.2020 en www.diariocorreo.pe

[4] Morales Tovar, Mirelis. “Covid-19: ¿A quién le importa las 915 peruanas desaparecidas durante la cuarentena?”, publicado por CONVOCA, el 21.07.2020 en www.convoca.pe

[5] Idem

jueves, 9 de julio de 2020

¿Hasta cuándo?

 


Autora: Karla Gaviño

Este tema merece más de 2 páginas, pero debo ser breve, pese a que deberíamos hablarlo hasta que sea imposible no tenerlo presente, hasta que la alarma, la responsabilidad, la indignación o siquiera la vergüenza nos obligue a actuar.  Trataré de ir al grano, para rápidamente transmitir la preocupación: En el Perú, en lo que va del 2020, 400 niñas son madres como producto de una violación. De las 400 niñas madres, 11 tenían menos de 10 años[1]. Y me preocupa también que podamos perder colectivamente la capacidad de indignarnos, porque con ello, viene la minimización, la banalización, la inacción, y por ende, la complicidad tácita que es la indiferencia.

No estoy en posición de analizar las causas, y me encuentro lejos de tener la solución, pero me queda claro que no estamos haciendo lo suficiente, ni como sociedad, ni como país en su conjunto, incluyendo a nuestras autoridades públicas y privadas.

¿Qué podría aportar yo a este tema, que ni siquiera pareciera estar en una verdadera agenda pública prioritaria? Por lo pronto, información que recopilé y algunas ideas.

Si asumimos que la mayoría de las violaciones ocurrieron antes de la cuarentena general por COVID-19, nos podemos preguntar: ¿Qué ocurrió durante el confinamiento en todo el país?. Las cifras conocidas nos dicen que durante los primeros 3 meses (esto es desde mediados de marzo a mediados de junio), 422 niñas fueron víctimas de violación sexual según los reportes oficiales[2]. El 05 de Julio, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Gloria Montenegro, señaló que durante la cuarentena y hasta finales de junio, se reportaron 513 violaciones sexuales contra niñas, niños y adolescentes. Agregó que en los 107 días de cuarentena la Línea 100 atendió 67. 712 casos de violencia familiar y abuso sexual, de los cuales 17.000 eran casos de violencia y abuso sexual contra niñas, niños y adolescentes; las llamadas eran realizadas por las propias menores agredidas, así como por vecinos que fueron testigos de las situaciones de violencia. [3].

En un trabajo previo hemos sostenido, apoyándonos en pronunciamientos de la ONU Mujeres y del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), el incremento de la violencia doméstica en el Perú durante la cuarentena por COVID-19 (incluyendo las violaciones sexuales), así como la existencia de una cifra oculta por las propias complejidades adicionales que supone denunciar en escenarios donde la víctima se encuentra en cuarentena con el agresor, y tiene por tanto sus momentos de privacidad y vías de comunicación mucho más limitados, cuando no restringidos[4].

Si podemos entender que en contextos previos al confinamiento, para cualquier persona adulta resultaba sumamente difícil denunciar una violación, podemos internar ponernos por un momento en el lugar de una niña, para quien debe ser más complicado comunicarlo (no digo “comprenderlo”, digo “comunicarlo” incluso si no lo comprende), más aún en un contexto de confinamiento, donde incluso si se decide a hacerlo, podría resultarle materialmente imposible decirlo a otro familiar o a alguna autoridad, pues el violador es parte del núcleo familiar con el cual se encuentra confinada.

Es válido asumir entonces, que la cifra real es muy superior a la reportada.  ¿Podemos como sociedad aceptar esto? ¿Podemos dejarlo para después?.  ¿Qué podemos hacer?. Visibilizar el tema, indignarnos, actuar, denunciar por ellas.

Pero de forma colectiva, ¿qué más hacer?  La ONU Mujeres recomienda la prevención de la violencia familiar mediante organizaciones locales de base[5]. Es posible imaginar la adopción de esta recomendación para adaptarla a escenarios donde autoridades (religiosas, municipales, entre otros), u organizaciones de vecinos agrupados puedan contribuir como espacios de prevención, atención y acogida de víctimas, y orientación para denunciar.  

A nivel del Estado, es importante lograr el pronto retiro del agresor (violador) del hogar, salvaguardando que no pueda retornar a buscar ningún tipo de venganza, para evitar que se repitan casos como el de Chontalí, donde el agresor que abusó sexualmente de su hija de 13 años en abril último, tras ser liberado 20 días después al retirarle la prisión preventiva la Sala Mixta de Apelaciones de Jaén, regresó para intentar quemarla viva[6]. Relacionado a esto último, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, manifiesta que se encuentra en la agenda de trabajo de su Sector, la articulación con la Policía Nacional, el Poder Judicial y la Fiscalía.

Esta articulación importante para corregir y sancionar, no alcanza para prevenir, por lo que resulta necesaria la implementación de estrategias articuladas también con otros Sectores, como Educación, Salud y Cultura, lo cual si bien es reconocido por el MIMP, no se encuentra aún puesto en marcha.

La situación es crítica, compleja y quizá aún no la tenemos debidamente dimensionada, mas el sentido de urgencia que merece y la obligación ética, legal y social de protección que tenemos hacia las niñas y niños como sociedad y como personas, no nos puede permitir ni el silencio, ni la indiferencia. Se acabó la cuarentena general pero el problema no, viene de antes y continúa. ¿Hasta cuándo miraremos de lado? ¿Cuándo empezaremos a actuar colectivamente?.

Lima, 08 de Julio de 2020

Publicado en Propuesta País el 09.07.2020
https://propuestapais.pe/noticia/hasta-cuando/

[1] Fuente: Portal Wayka.pe. Nota de la Redacción publicada el 06.07.2020 en el link: www.wayka.pe

[2] Idem

[3] Fuente: Diario “La República”. Nota de Redacción publicada el 05.07.2020 en el link: www.larepublica.pe

[4] Ames, Alexandra; Gaviño, Karla, “El COVID-19 y la violencia familiar en el Perú: En cuarentena con el agresor”, publicado el 01.05.2020 en Propuesta País, www.propuestapais.pe  

[5] Idem.

[6] Fuente: Tiburcio Loayza, Graciela. Artículo “Chontalí: Agresor que abusó sexualmente de su hija intentó quemarla para ser liberado”. Publicado el 17.06.2020 en el Portal Wayka.pe, en el link: www.waika.pe

viernes, 1 de mayo de 2020

El COVID-19 y la violencia familiar en el Perú: En cuarentena con el agresor.

 



Por Alexandra Ames y Karla Gaviño

1.INTRODUCCIÓN

La Fiscal española especializada en violencia de género, Susana Gisbert señala en su artículo “Confinadas en el Infierno”, que a lo largo de todos los años que lleva trabajando en el ámbito de la violencia de género, siempre encuentra un común denominador en todas las víctimas: “el pánico que sienten cuando oyen el sonido que produce la llave al girar la cerradura”, porque ese sonido anuncia la llegada del agresor a la casa. Pero cuando ese sonido es reemplazado por el pánico constante producto de un confinamiento con el agresor, ¿qué puede hacer el Estado al respecto en épocas de COVID-19?. En el presente artículo, abordaremos en términos generales las acciones que viene desplegando el Estado respecto de la Violencia Familiar durante la cuarenta [1].

2.ANTECEDENTES

Durante el 2019, se registró el mayor número de feminicidios en el Perú, llegando a la alarmante cifra de 168, lo que da un aproximado de un feminicidio cada dos días. Sin embargo, esta cifra parece ser sólo la punta del Iceberg de un problema más estructural: La gran mayoría de los feminicidios reportados, son cometidos dentro un contexto previo y permanente de violencia familiar, en diferentes niveles.

Según  la última Encuesta Demográfica y Salud Familiar – ENDES 2018, el 63,2% de las mujeres entrevistadas a nivel nacional, manifestaron haber sido víctimas de violencia (física, sexual o psicológica), ejercida alguna vez, por parte de sus parejas, lo que significa que esta es una realidad de 3 de cada 5 mujeres en el país.

Respecto a violencia física y sexual hacia las mujeres generada por sus parejas, tenemos que un 10,9% de la población femenina encuestada entre 14 y 49 años de edad manifestó haber sufrido estos tipos de violencia en el último año [2]. Cabe resaltar, que estas cifras no corresponden exclusivamente a los casos reportados o denunciados en los canales oficiales sino que son respuestas de mujeres que participaron de la encuesta. Si extrapolamos el porcentaje obtenido a la cantidad de mujeres entre 14 y 49 años de edad, en el 2018, notamos que 958,998 mujeres en el Perú fueron agredidas por sus parejas, lo que significa que cada 5 minutos, se agrede a 9 mujeres en el país.

De manera desagregada, las mujeres que participaron en esta encuesta, respondieron haber sido agredidas por diferentes modalidades, entre ellos, intentos de feminicidio como agresiones con armas o intentos de estrangularlas o quemarlas, lo que hace un total de 123,174 intentos de feminicidio al año.

Según esta misma encuesta, 71,1% no denunció el hecho ante alguna institución cuando fueron maltratadas físicamente.  El 28,9% restante que denuncia, lo hizo a las siguientes instituciones:

A la realidad descrita, de por sí ya alarmante, debemos agregarle el contexto actual de la declaración de emergencia sanitaria y del aislamiento social obligatorio dictados por el Gobierno como medida para contener la propagación del COVID-19 en el territorio nacional, vigente desde el 16 de marzo hasta el 10 de mayo, si es que no se produce una nueva (quinta) prórroga. Este aislamiento social, como sabemos, consiste en la restricción del derecho de tránsito de las personas, prohibiéndoles salir de sus hogares, salvo para realizar actividades estrictamente necesarias (ir al banco, realizar compras de víveres, entre otros), así como para la prestación de servicios específicos señalados en el Decreto Supremo N°044-2020-PCM, A ello, se sumó la prohibición de transitar por cualquier motivo de Lunes a Sábado, entre las  8 pm, hasta las 6:00am y luego, a partir de las 6 pm hasta a las 5 am; y los Domingos (todo el día).

Así, los ambientes ya convulsionados por antecedentes de violencia familiar, tienen ahora una mayor tensión por estar, literalmente, en cuarentena, las víctimas junto con sus agresores durante un período de tiempo que se viene prorrogando sucesivamente en un contexto de afectaciones económicas para las familias y de temor generalizado por la expansión del COVID-19. Al respecto, Silvia Romero, Directora de Asistencia Técnica y Promoción de Servicios de la Dirección General contra la violencia de género del MIMP, ha señalado que la mayoría de casos de violencia que se puedan estar produciendo actualmente, corresponden a hogares donde ya se han producido antes, y que pueden verse exacerbados dado que durante esta cuarentena, el tiempo de permanencia con el agresor es mayor, potenciándolo [3]. Es posible incluso, que en hogares donde no se producían escenarios de violencia familiar, esta tensión pueda estar desatando conflictos al interior de las familias que lleven a este tipo de violencia.

Al respecto, la ONU Mujeres, organismo de las Naciones Unidas especializado en el desarrollo y promoción de la igualdad de género, advirtió recientemente el aumento de la violencia de género hacia las mujeres tras las medidas para contener el COVID-19, así como el aumento de la pobreza que afrontan las mismas. Con relación a la violencia contra la mujer, considera que la falta de acceso a fuentes de trabajo, genera en los hombres mayores frustraciones por no poder proveer a su familia, a lo que se suma la ausencia de distracciones (como el deporte), lo cual tiende a aumentar la violencia doméstica. Este incremento de la violencia doméstica contra las mujeres se ha dado en países como China, Corea, Italia y Francia. Como medidas recomendadas a los Estados, la ONU Mujeres enfatiza inversiones en prevención y sistemas de alerta temprana a través de organizaciones de mujeres de base, utilizando la Policía [4].

En el Perú, la realidad descrita nos lleva a preguntarnos ¿Qué ocurre entonces con las mujeres que se encuentran en situación de confinamiento durante la cuarentena con su agresor?. ¿A cuántas víctimas asciende la cifra oficialmente conocida a la fecha?, ¿Qué medidas ha previsto para ellos el Estado en su conjunto?. A continuación intentaremos responder dichas interrogantes.

3. DESARROLLO

3.1 Cifras de la violencia familiar en lo que va del 2020

Al 08 de abril de 2020, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (en adelante, MIMP), puso en conocimiento público las siguientes cifras correspondientes a casos atendidos por los Centros de Emergencia Mujer (en adelante, CEM) por violencia en la modalidades económica, psicológica, física y sexual, durante el 2020.

Reporte del Ministerio de la Mujer de casos atendidos en los CEM por violencia económica, psicológica, física, sexual durante el 2020:

Según este reporte, vemos que en Marzo de este año, la cifra se ha reducido dos tercios en comparación con los meses anteriores. Esto, lejos de reflejar la ausencia de casos de violencia familiar, significa que la política de confinamiento, ha reducido las oportunidades de atención de dichos centros.

En el caso de la Línea 100, no se puede notar un incremento sustancial a causa del confinamiento, debido a que las cifras resultan similares en los meses anteriores:

Sin perjuicio de ello, al día 8 de la cuarentena (23.03.2020), el MIMP alertaba sobre 2,855 llamadas telefónicas efectivas, correspondiendo el grueso de ellas a solicitudes de información, orientación, consejería o soporte emocional, por parte de mujeres afectadas o involucradas en hechos de violencia de género o de personas que conocen un caso de maltrato en su entorno y quiere informar de inmediato [5]. Esta cifra se elevó a 5,438 llamadas al día 16 (31.03.2020), de las cuales se atendieron a 538 mujeres agredidas, 25 fueron llevadas a centros de refugio y se atendieron 43 casos de violación (27 de los cuales corresponden a niñas). Finalmente, al día 36 de la cuarentena (20.04.2020), el MIMP señaló haber registrado durante la cuarentena, solamente a través de la Línea 100, la escalofriante cifra de 14,222 casos de violencia reportados,125 violaciones sexuales [6] y 6 feminicidios (cabe señalar que algunas fuentes señalan 9 feminicidios [7]).

3.2 Mecanismos oficiales de mitigación y reacción

Vistas las cifras, podemos revisar las principales acciones que viene desplegando el Estado para la atención de esta problemática de forma particular durante la cuarentena:

a. Denuncias ante la PNP: Es preciso señalar que el sistema de denuncias para atención de casos de violencia familiar no se ha paralizado por efectos de la cuarentena. En ese sentido, los miembros de la PNP mantienen la obligación de recoger las denuncias, tanto las víctimas, como de sus vecinos o personas que escuchen o presencien estos actos. Los infractores siguen siendo detenidos en caso de flagrancias. Ello, no supone una medida específica desarrollada para el contexto particular de la cuarentena o en el marco de ésta, pero ayuda a la atención de esta problemática. Como se dijo previamente, la exposición constante entre víctimas y agresores, genera una mayor situación de vulnerabilidad de las víctimas y potenciales víctimas en este contexto, lo cual no deja de preocupar.

b. Línea 100.- Entre las opciones que viene difundiendo el MIMP para la atención de casos de violencia familiar, se encuentra la línea telefónica de ayuda, denominada “Línea 100”. Ésta consiste en un servicio gratuito de cobertura nacional, a través del cual profesionales especializados en brindar orientación e información en temas de violencia familiar y abuso sexual atienden las 24 horas del día a la población. Las llamadas pueden realizarse desde un teléfono fijo, público o celular. Los casos pueden ser derivados a los Centros de Emergencia Mujer u otras instituciones que puedan corresponder.

Como hemos podido apreciar líneas arriba, las cifras de denuncias registradas en Marzo del presente año han mantenido una tendencia similar. Esto se puede explicar en tanto que si normalmente es difícil denunciar al agresor, al estar confinada con él dentro del hogar, las posibilidades de que las agresiones no sean denunciadas, aumentan. Normalmente, las víctimas necesitan una cierta privacidad para poder denunciar sin que el agresor esté presente o sin que se pueda escuchar que se denuncia. En este contexto de cuarentena, esa privacidad se reduce.

En la misma lógica, esperar que la víctima pueda alertar a familiares que no viven en casa para que puedan efectuar la denuncia, no resulta muy sencillo cuando no se tiene la privacidad antes mencionada.

c. Chat 100.- Es un servicio puesto a disposición pública por el Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual, consistente en un chat por el cual se recibe orientación psicológica o información a cargo de profesionales especializados para identificar situaciones de riesgo de violencia en relaciones de pareja, así como en casos de violencia familiar y sexual. Al igual que el caso anterior, se trata de servicios que existían desde antes de la cuarenta nacional por el COVID-19.

Si bien la oportunidad de denunciar a través de un chat puede requerir menor privacidad que las denuncias telefónicas, la disposición de este formato aún no está siendo lo suficientemente difundido pues encontramos que para Marzo del 2020, se registraron 609 casos; cifra muy similar a Marzo del año anterior, como podemos apreciar en el cuadro de registros del Chat 100 del MIMP.

Por otro lado, este chat tiene un horario de funcionamiento de lunes a viernes de 8am a 10pm, requiere de un smartphone o lap top, y de conexión a internet, lo que limita su uso.    

d. Acciones de difusión en redes sociales: La difusión mediante redes sociales (principalmente Facebook y Twitter), así como a través del portal electrónico del MIMP viene siendo frecuente durante la cuarenta, con declaraciones de las autoridades del Ministerio, así como la publicación de una Cartilla de orientación denominada “Recomendaciones para prevenir la violencia sexual contra mujeres durante el Estado de Emergencia”, que tiene un lenguaje sencillo para comunicar qué hacer en caso de ser víctima de violencia sexual y violencia familiar en este contexto, promoviendo principalmente el uso de la Línea 100.

Consideramos que estas acciones son un acompañamiento útil para concientizar sobre el problema y difundir las herramientas antes señaladas, no obstante, no resultan suficientes por sí mismas para prevenir y/o atender casos de violencia familiar.

e. Decreto Legislativo N°1470, Decreto Legislativo que establece medidas para garantizar la atención y protección de las víctimas de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar durante la emergencia sanitaria declarada por el COVID – 19: En la conferencia de prensa del Domingo 26 de abril, el Presidente de la República hizo mención al tema de la violencia familiar durante el COVID-19, manifestando su preocupación y solicitando propuestas para su abordaje. Al día siguiente, el Lunes 27 de abril, se publicó el Decreto Legislativo, con disposiciones ad hoc para la temporalidad y ámbito geográfico que abarque la declaración de emergencia sanitaria por el COVID-19. Esta norma bien intencionada, esta referida al tratamiento de la presentación de denuncias y medidas de protección, priorizando los medios electrónicos y procurando la comunicación con la víctima por esta vía, así como evitar el contacto entre víctima y agresor, incluyendo medidas como el retiro del denunciado del hogar cuando sea posible (en caso no sea posible se debe buscar en la red de familiares u hogares temporales disponibles para llevar a la víctima), y el patrullaje por el domicilio de la denunciante. Asimismo, dispone que no procede ordenar el cese, abstención o prohibición de ejercer violencia, entendemos que esto último responde a buscar una acción concreta y mucha más activa por parte del Estado, dado que tanto agresor como víctima están confinados juntos. El plazo de atención entre la denuncia y el dictado de la medida de protección no debe exceder las 24 horas.

Consideramos que este DLEG, requerirá para su implementación de un fuerte soporte informático y electrónico, así como de la articulación entre la PNP, el MINJUS, el MIMP y demás institucionales involucradas. Asimismo, requerirá la expedición de normas complementarias o protocolos de atención, que esperemos sean prontamente puestas a disposición pública y de los propios funcionarios involucrados; pero sobre todo, requerirá que los operadores comprendan la seriedad de esta problemática, aspecto que es constantemente un punto débil para la atención de las denuncias de violencia de familiar. Además, al igual que el Chat 100 y la Línea 100, será necesario que la víctima tenga privacidad en las comunicaciones.

No deja de llamar la atención, que incluso en estos casos, se parte de esperar una denuncia por parte de la víctima o sus familiares para partir de ella actuar, pese a que el Estado cuenta ya con elementos suficientes para conocer de víctimas de denuncias previas que se encuentran confinadas con el agresor y que podrían estar en riesgo, siendo este un espacio que permite una participación donde la iniciativa esté en mano del Estado para prevenir la reiteración de las agresiones y vigilar el cumplimiento de las medidas (de protección o definitivas) previamente dictadas o, monitorear la situación de las víctimas que previamente han denunciado y que aún no cuentan con medidas de protección a su favor (porque normalmente en este país, contar con medidas de protección demora varios meses, cuando no supera el año).

f. Otras medidas locales: Sin perjuicio de las acciones del Poder Ejecutivo antes descritas, existen esfuerzos a nivel local, que buscan atender estaproblemática descrita. Ejemplo de ello, es la Casa Hogar Acogida Temporal, inaugurada por la Municipalidad Metropolitana de Lima el 16 de abril último.

4. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES:

4.1  A nivel nacional e internacional, existe la creciente preocupación por la situación de las víctimas de violencia familiar que se encuentran confinadas en casa con su agresor en el actual contexto del COVID-19. La alta posibilidad de que el estrés propio del confinamiento, el temor a contraer el virus, las preocupaciones económicas que afrontan las familias y/o la mayor interacción entre la pareja, germine nuevos contextos de violencia familiar y, principalmente, desarrolle escenarios peligrosos  en hogares donde ya existían antecedentes de violencia..

4.2  Los principales mecanismos con que cuenta el Poder Ejecutivo para prevenir y atender casos de violencia familiar en este especial contexto son: la continuidad del mecanismo de denuncia policial, la Línea 100, el Chat 100, acompañados de difusión a través de las redes sociales del MIMP. Cabe recalcar que estos recursos no han sido diseñados ad hoc para el contexto de la cuarentena teniendo en cuenta la realidad nacional a lo largo del país. Así, las opciones que requieren privacidad por parte de la víctima para poder denunciar o pedir ayuda (denuncia policial, Línea 100 y Chat 100), tienen en su diseño mismo una dificultad básica para acceder a ellos: la víctima difícilmente tendrá privacidad para denunciar en este contexto. El temor a ser descubierta al momento de denunciar y a las represalias que se puedan generar, es una realidad constante que se acentúa en una situación de confinamiento con el agresor.

4.3  El Decreto Legislativo 1470 que establece medidas para garantizar la atención y protección de las víctimas de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar durante la emergencia sanitaria declarada por el COVID – 19, sí es una medida ad hoc para atender las denuncias de violencia familiar priorizando los medios informáticos y evitar la permanencia de la víctima con el agresor. Sin embargo, no ha tomado en cuenta la privacidad que se necesita para denunciar.  Aún así, para el éxito de la aplicación de esta nueva norma, consideramos importante priorizar tanto el soporte informático, como la necesaria y muchas veces ausente articulación interinstitucional necesaria para su implementación. Se requiere, adicionalmente a las tareas y disposiciones dictadas, la sensibilización de los operadores respecto de la agravada vulnerabilidad y temor de las víctimas en confinamiento con el agresor y por lo tanto al carácter impostergable de su debida atención. El cambio de la cultura valorativa y la empatía de los agentes públicos que participan en los casos de violencia familiar, es ahora más que nunca necesaria. Consideramos, que la situación de crisis social extrema que está generando el COVID-19, es una oportunidad para reformular nuestros valores como sociedad en su conjunto, pero sobretodo de los funcionarios públicos y reconectar con su principal propósito: atender a los ciudadanos y ciudadanas que más los necesitan.

4.4 Resulta indispensable realizar inversiones en prevención y sistemas de alerta temprana, a través de organizaciones de mujeres de base, como lo ha recomendado ONU Mujeres, utilizando la Policía. Sobre el particular, consideramos que la concientización vecinal (denunciar por quien no puede hacerlo), la participación de la comunidad en su conjunto, incluyendo a las autoridades religiosas, municipales y al serenazgo, pueden ser una herramienta útil de apoyo y de atención inmediata para detener escenarios de violencia inminente o en curso.

4.5 Desde el punto de vista de lo que pueden hacer y deben hacer los gobiernos locales, vemos que ejemplos como la reciente inauguración de la Casa Hogar de Acogida Temporal de la Municipalidad Metropolitana de Lima para atender a las víctimas de violencia en este contexto de cuarentena, son iniciativas que deben ser replicadas. La difusión de información para la adecuada prevención y atención de situaciones de violencia, debe intensificarse también desde el lado de los gobiernos locales, quienes son los que más cerca están de los vecinos y de las organizaciones sociales de base.

4.6   Hemos visto que sólo un tercio de las mujeres agredidas realiza una denuncia y éstas son mayoritariamente en comisarías o en centros municipales como las DEMUNAS. Entender por qué la mayoría de mujeres no denuncia la agresión, ayudará al MIMP a diseñar mejores estrategias para una adecuada concientización y fortalecimiento de la cultura de la denuncia, y  también para construir soluciones desde las reales necesidades y preocupaciones de las mujeres agredidas.

4.7 Finalmente, consideramos que contextos como éste, ameritan voltear el modelo tradicional en donde siempre es el ciudadano, el actor que inicia la participación del Estado: es decir, el Estado no debe esperar a que la víctima denuncie una agresión mayor, sino que debe buscar a las víctimas de casos previos e identificarlas como situaciones de riesgo potencial.


Publicado en Propuesta País el 01.05.2020. Disponible en el link:

https://propuestapais.pe/noticia/el-covid-19-y-la-violencia-familiar-en-el-peru-en-cuarentena-con-el-agresor/

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[1] Susana Gisbert. Artículo “Confinadas en el Infierno” publicado en el periódico digital progresista “El Plural.com” con fecha 19.03.2020. https://www.elplural.com/sociedad/confinadas-infierno_235756102?fbclid=IwAR2lMXIM7BxNQegp4jWLM5oLm7sI6kIjPoIFCnM-G1VSwThvuGj7uFv5syI

[2] INEI. Encuesta Demográfica y Salud Familiar 2018.

[3] Silvia Romero, entrevista institucional MIMP, difundida en las redes sociales del MIMP con fecha 11.04.2020: https://www.facebook.com/MimpPeru/videos/209975800292837

[4] Nota publicada el 20.03.2020 en el portal electrónico de CNN Chile: https://www.cnnchile.com/coronavirus/onu-advierte-aumento-de-violencia-de-genero-hacia-las-mujeres-tras-las-medidas-para-contener-el-covid-19_20200320/?fbclid=IwAR0xUDLUT3ONiw1y5SH7ZQIoH_6RKjwfhNfn8Idkq2fpm5K47pz-8dhLZYU

[5] Nota de prensa de fecha 25.03.2020, publicada en el portal electrónico del MIMP: https://www.mimp.gob.pe/contigo/contenidos/pncontigo-nota-prensa.php?codigo=919

[6] Fuente: “Mano Alzada”, fecha 21.04.2020. Link; https://manoalzada.pe/feminismos/peru-125-violaciones-sexuales-y-14222-casos-de-violencia-reportados-en-cuarentena?fbclid=IwAR2AB_o4tCUB-D0RkwJV20i0ANDVU8nKYnREQtbTNmYcnZm4YRDRrvSmZho

[7] Fuente: Diario El Líbero – Declaraciones de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables del 01.04.2020. https://libero.pe/ocio/1549882-coronavirus-peru-vivo-ministra-mujer-informo-43-casos-violacion-durante-emergencia-covid-19-video?fbclid=IwAR0bWrgNL5K3NitMoktiLOlchlAGfpW47cLUsUKJgHWoE-Fg9hNH1zd27nk

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