jueves, 12 de noviembre de 2020

Ratificación e implementación de la Convención Interamericana sobre la protección de los Derechos Humanos de las personas mayores

 



 Autora: Karla Gaviño Masías

El 12,7% de la población nacional tiene más de 60 años, según las cifras dadas a conocer por el INEI en su informe técnico sobre la situación de la población adulto mayor al primer trimestre del 2020. El INEI revela además, que el 82,3% de la población adulta mayor femenina y el 72,9% de la población adulto mayor masculina, padecen problemas crónicos de salud. El 86,2% tiene algún seguro de salud (público o privado), es decir el 24,8% no lo tiene y sólo el 38,6% está afiliado a un sistema de pensión. Sabemos que los adulto mayores son el segmento más vulnerable ante la COVID-19, sin embargo, no se encuentran debidamente protegidos, ni visibilizados, su realidad nos parece ajena.

Su proporción en la población peruana, pasó de 5,7% en 1950 a 12,7% en el 2020; el rostro del país está cambiando. No obstante, tenemos un déficit de políticas públicas adecuadas para la protección de los adultos mayores en un contexto de pandemia, en el cual las diferencias y desigualdades se han acentuado para este segmento de la población, principalmente para quienes se encuentran en situación de abandono, pobreza o pobreza extrema.

No sorprende entonces, que con ocasión del día internacional del adulto mayor (01 de octubre de cada año), la Defensoría del Pueblo y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, hayan solicitado al Congreso de la República la ratificación de la Convención Interamericana sobre la protección de los Derechos Humanos de las personas mayores (se encuentra pendiente la votación de la reconsideración del Proyecto de Resolución Legislativa que lo aprobaría).  La Convención fue adoptada por la OEA el 15 de Junio del 2015, coincidiendo con el Día Mundial de Toma de Conciencia del Abuso y Maltrato de la Vejez, según la Defensoría del Pueblo, puede aportar al fortalecimiento de políticas públicas a favor de las personas mayores, porque reconoce el derecho a vivir con dignidad en la vejez, a desarrollar una vida autónoma e independiente, libre de violencia, así como a un sistema integral de cuidados que provea la protección, promoción de la salud, cobertura de servicios sociales, seguridad alimentaria y nutricional, agua, vestuario y vivienda.

Coincidimos en que la ratificación de la Convención, puede aportar al desarrollo de políticas públicas que fomenten el envejecimiento y la vejez dignas, pues se basa (entre otros) en el reconocimiento de las contribuciones actuales y potenciales de la persona mayor al bienestar de la comunidad, a la identidad cultural, al desarrollo humano, social y económico, incorporándola en una sociedad, que actualmente, la excluye. A lo largo del texto, incluye compromisos del Estado buscando cautelar la igualdad y la no discriminación de los adultos mayores, así como la implementación de la legislación necesaria y medidas adecuadas para garantizarles distintos derechos sociales, económicos y políticos. Asimismo, contempla un mecanismo de seguimiento de su implementación.

Por ello, consideramos que las acciones concretas para su ratificación son importantes y nos preguntarnos ¿por qué no se ha agendado su votación en el Pleno del Congreso?, más aún en este contexto de pandemia, sabiendo que son un segmento de la población que corre constante riesgo y con consecuencias de alta letalidad. También es importante prever desde ya, una agenda conjunta para su implementación entre los tres niveles de Gobierno y los Poderes del Estado, con el liderazgo del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, incluyendo la priorización de acciones clave y el fortalecimiento de la capacidad para ejecutar los recursos asignados. De lo contrario, su posible ratificación correrá el riesgo de no tener materialización concreta en las políticas y acciones del Estado.

Si ahondamos en el tema de la ejecución, según la consulta amigable del MEF, en la categoría presupuestal: Acceso de personas adulto mayores a servicios especializados, los Gobiernos Locales, a inicios de Octubre de 2020, sólo habían ejecutado el 40,1% de los recursos previstos para el año fiscal, lo Gobiernos Regionales el 20,1% y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables el 54,9%. En lo que queda del 2020, es sumamente improbable que algún nivel de Gobierno ejecute los montos restantes.

Por ello, así como nos llama la atención la poca o nula prioridad que le da el Congreso a la Convención, también lo hace que se le exija su ratificación, y en paralelo, no se evidencie una capacidad adecuada para la ejecución del gasto específicamente previsto para la atención de adulto mayores. Por ello, a fin de que la exigencia vaya más allá de lo teórico o del gesto político, se necesita fortalecer la capacidad de ejecución y de gestión actual, para poder hacer frente al reto que supondría la implementación de la Convención.

Tenemos una gran campaña alentando a la población a no salir de casa para proteger a las personas mayores; en la misma proporción y de forma coherente, se esperarían las acciones articuladas del Estado para su protección, a través de sus diferentes poderes y niveles de Gobierno.

 Lima, 06.11.2020

Publicado el La Ley de Gaceta Jurídica el 12.11.2020, disponible en:


No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Entrevista: RPP Noticias ¿Cuánto afecta a la educación la salida de un nuevo ministro?

RPP Noticias elaboró esta nota respecto de la rotación de Ministros, en concreto, en el caso del Ministerio de Educación. En ella, se incluy...