martes, 17 de agosto de 2021

Estado de las Obras por Impuestos

 


En el contexto económico actual, donde la inversión pública juega un papel relevante para lograr la reactivación económica, la generación de puestos de trabajo temporales, el cierre de brechas de infraestructura y de prestación de servicios, entre otros, resulta relevante revisar y potenciar las distintas alternativas para su ejecución, entre las cuales se encuentran las Obras por Impuestos.

Éstas consisten en un mecanismo de financiamiento y ejecución de inversiones públicas con participación de la empresa privada, creado en el Perú en el 2009 con la publicación de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del Sector Privado. Según ProInversión, las Obras por Impuestos han permitido la ejecución de 431 proyectos de inversión por un monto total de aproximadamente S/ 5, 587 millones desde su creación hasta el primer semestre del 2021. Este mecanismo ha generado interés en foros internacionales, y ha sido replicado en Colombia y Paraguay.

En síntesis, desde el punto de vista empresarial, permiten a las firmas privadas contar con una herramienta adicional para el ejercicio de la responsabilidad social, mediante el financiamiento y ejecución de proyectos de inversión de impacto regional y local que al enmarcarse en el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (Invierte.pe), deben estar asociados al cierre de brechas de infraestructura y servicios públicos en el ámbito de la entidad pública correspondiente.

Si bien algunos autores consideran que las Obras por Impuestos no son un mecanismo de responsabilidad social empresarial, no podemos negar que en la práctica las empresas del sector privado intervienen a través de las áreas o gerencias destinadas a ello, no siendo precisamente el core business de dichas firmas realizar proyectos de inversión de carácter público. En ese sentido, el incentivo que encuentran para intervenir sigue asociado a la responsabilidad social.

Estos proyectos deben encontrarse previamente priorizados por las autoridades de las entidades del Gobierno Nacional, Gobierno Regional o Gobierno Local respectivas. La inversión de la empresa privada en el proyecto será descontada del monto que le corresponde pagar del impuesto a la renta, para lo cual la entidad pública consignará el monto en el Certificado de Inversión Pública Gobierno Nacional – Tesoro Público o en el Certificado de Inversión Pública Regional y Local – Tesoro Público que deberá emitir según se trate de una entidad del Gobierno Nacional o de un Gobierno Regional o Gobierno Local, respectivamente. Tras ello, el Tesoro Público descontará este monto de los recursos que le corresponden a la entidad pública respectiva, siendo esta suerte de pago por parte del Estado una de las principales diferencias con las donaciones.

Lo expuesto permite afirmar que desde el punto de vista del Estado, las Obras por Impuestos permiten el adelanto del financiamiento de los proyectos con recursos privados, contando además con un mecanismo ad hoc para la contratación de la empresa ejecutora del proyecto, a fin de tenerlo listo en plazos breves (no se le aplica la Ley de Contrataciones del Estado).

Originalmente su conceptualización estaba orientada a las zonas centro y sur del país, con un carácter de cooperación público-privado, dirigido a empresas privadas de actividad extractiva (como por ejemplo, las mineras), que sumaban valor en su relación con la comunidad y las autoridades locales mediante la ejecución de proyectos de inversión de infraestructura. Ello guardaba relación directa con permitir la aplicación del mecanismo a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, así como a universidades públicas, que contaban con recursos provenientes del canon, sobrecanon, regalías, renta de aduanas y participaciones. Posteriormente se ampliaron las fuentes de financiamiento con las cuales se pagarían los montos reconocidos en los Certificados, así como su alcance a proyectos de inversión pública distintos a infraestructura.

A partir del 2014, se autorizó a las entidades del Gobierno Nacional a ejecutar proyectos de inversión en el marco del entonces SNIP (hoy, Invierte.pe), dentro de los alcances de las Obras por Impuestos en distintas materias que se han ido ampliando con el tiempo, pudiendo incluir su mantenimiento. En estos casos, si bien la intervención es del Gobierno Nacional, las materias permitidas y las normas vigentes orientan a proyectos que mantienen su impacto local o regional, y con ello su cercanía con la comunidad en el marco de la responsabilidad social empresarial.

Sugerencias para continuar desarrollando las Obras por Impuestos

De acuerdo a la información que se extrae del Ranking de Departamentos por Monto de Inversión, publicado en el portal electrónico de ProInversión, la mayor cantidad de entidades que emplean las Obras por Impuestos son Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, concentrándose las inversiones principalmente en Ancash, Arequipa, Piura, Cusco e Ica hasta enero de este año, según el Instituto de Economía y Desarrollo Empresarial (Iedep) de la Cámara de Comercio de Lima . En los últimos días ProInversión señaló que el Gobierno Regional de Ancash ha presentado 36 proyectos priorizados para ser realizados mediante este mecanismo, asimismo se habrían presentado 39 proyectos de 9 Gobiernos Locales.

Ello nos lleva a sostener que existe espacio para incrementar el desarrollo de las Obras por Impuestos en las demás regiones del país y en los distintos niveles de gobierno. Para ello, se requerirá generar puentes de coordinación y confianza con el sector privado, a fin de evitar que vean los compromisos asumidos por las gestiones salientes siendo postergados o perdiendo prioridad en las gestiones entrantes, aspecto que resulta sumamente relevante tener presente atendiendo a las elecciones regionales y municipales del 2022. Asimismo, por más puentes que puedan tender las entidades públicas, las Obras por Impuestos dependen en gran medida de que el sector privado se acerque y participe de los procesos convocados.

Adicionalmente, en tanto las inversiones públicas más pequeñas o más simples, que no constituyen proyectos de inversión, conocidas como Inversiones de Optimización, Ampliación Marginal, Rehabilitación y Recuperación (IOARR), ya pueden ser financiadas con canon, coincidimos con las voces que recomiendan la ampliación del mecanismo a las IOARR en los distintos niveles de gobierno, mas sugerimos su implementación focalizada en ciertos tipos, por ejemplo, en las rehabilitaciones.

Finalmente, es importante tener claridad sobre las expectativas que se pueden generar en torno a las Obras por Impuestos, teniendo en cuenta que no toda inversión pública puede ser susceptible de ser ejecutada mediante este mecanismo, ni constituyen la solución absoluta para el cierre de brechas de infraestructura y servicios públicos del país. Sin perjuicio de lo cual, remarcamos la importancia de fomentarlo tanto en el sector público (donde actualmente estamos viendo cambios de funcionarios y autoridades en el Gobierno Nacional, que continuarán tras las elecciones regionales y municipales) como en el sector privado, pudiendo ser válidamente adoptado por este último como una vía adicional para el ejercicio de la responsabilidad social empresarial.


*Artículo basado en columnas de opinión de la autora en Propuesta País, actualizados conforme a la información y al contexto actual.

Publicado en La Mula, disponible en el siguiente link:

 https://karlagavino.lamula.pe/2021/08/17/estado-de-las-obras-por-impuestos/karlagavino/


No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Entrevista: RPP Noticias ¿Cuánto afecta a la educación la salida de un nuevo ministro?

RPP Noticias elaboró esta nota respecto de la rotación de Ministros, en concreto, en el caso del Ministerio de Educación. En ella, se incluy...